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Comunicado oficial de la RFEC en relación con la Operación Puerto
Imprimir | Enviar a un amigo | RSS | Volver Crónica, 17/04/2009

En el día de hoy, el Juzgado de Instrucción número 31 de Madrid ha notificado a la RFEC y a las demás partes personadas en las Diligencias Previas 4293/2008 - Operación Puerto-, una resolución, fechada el 15 de abril de 2009, por la que se deniega a la RFEC, una vez más, la entrega de los testimonios de las actuaciones, así como de muestras o partes alícuotas del contenido de las bolsas de plasma, bolsas de sangre y bolsas de concentrados de hematíes, intervenidas en el procedimiento penal referido anteriormente, con el fin de que, por parte de esta RFEC se puedan incoar, en su caso, los expedientes sancionadores correspondientes, de acuerdo con la normativa vigente en nuestro país.

 

Los argumentos denegatorios utilizados por  el Juzgado de Instrucción número 31, han sido los mismos que los esgrimidos, en su día, para dictar las resoluciones de fechas 3 y 10 de octubre de 2006.

 

La RFEC quiere manifestar su total y absoluto desacuerdo frente a la resolución denegatoria dictada por el Juez Instructor, por lo que sus Servicios Jurídicos interpondrán, de manera inmediata, los recursos pertinentes, con el fin de poder obtener definitivamente los elementos de convicción existentes dentro del procedimiento penal denominado Operación Puerto.


 
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Textos y fotografías realizados por (c) Luis M. Román-Mendoza , jefe de prensa de la RFEC, salvo mención en contra. Se autoriza su reproducción y utilización citando su procedencia, excepto las noticias firmadas por Europa Press, que sólo se pueden reproducir con permiso expreso.

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